Diferencias entre régimen de gananciales y de separación de bienes

En un post anterior os explicamos que eran las capitulaciones matrimoniales y vimos que se podían celebrar tanto antes como después de haber contraído matrimonio.

Cuando los novios o esposos firman un acuerdo de este tipo, pueden elegir entre varios regímenes que regula el Código Civil. Los más habituales son los de gananciales o los de separación de bienes.

A continuación os detallamos cuales son las principales diferencias entre ambas capitulaciones.

Régimen de gananciales:
Con este sistema se hacen comunes las ganancias que obtengan ambos esposos. Es decir crean juntos un patrimonio común, con la excepción de los bienes que ya se poseía de soltero, las herencias y las donaciones.
Este es el que se aplica si se contrae matrimonio sin haber hecho previamente ninguna capitulación matrimonial.

Separación de bienes:
Ambos cónyuges deciden administrar de forma separada el patrimonio de cada uno de ellos, pero los dos deben aportar al hogar común.

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