El elevado número de desempleados jóvenes que trajo consigo la crisis de 2007 y de la que todavía sentimos sus consecuencias ha propiciado la aparición, en los últimos años, de un gran número de ‘startups’ y, con ello, emprendedores.
Por norma general suelen ser dos personas las que desarrollan la idea y comienzan a ponerla en marcha. Una idea que, si resulta original y ayuda a satisfacer la necesidad de un número de clientes, irá creciendo e incorporando más personas al proyecto empresarial.
Pero llegado este momento resultará conveniente que los socios fundadores establezcan las normas que ayudarán a establecer límites y encontrar soluciones a los posibles conflictos que surjan en un futuro. En términos legales, el pacto entre emprendedores se trata de un convenio suscrito por los socios para regular el funcionamiento interno de la compañía y los derechos y obligaciones entre los socios.
Así, en el pacto entre emprendedores se han de regular aspectos como los derechos y las obligaciones que asume cada socio en función de lo que aporta a la sociedad, los derechos y las consecuencias de que alguno de ellos abandone el proyecto o la posibilidad de dar opciones de compra a los otros socios.
De esta forma, ambos emprendedores se aseguran de que su aventura empresarial no termine por no haber sabido enfrentarse a los problemas internos.