Las sociedades exprés

Entre la variedad de factores que convierten a un país en un lugar idóneo para crear una empresa suele encontrarse la rapidez con la que se constituye una sociedad. Desde 2010 en España es posible dar de alta una sociedad limitada (S.L) o una sociedad limitada nueva empresa (S.L.N.E) por Internet y gracias a ello los emprendedores se ahorran tiempo y dinero.

Según datos del Consejo General del Notariado, del total de las sociedades que se crearon en 2015, un 22% fueron sociedades exprés y exprés simplificadas. Esto es, sociedades limitadas o de nueva empresa que se crean entre uno y tres días.

Porque a diferencia de otras sociedades, las sociedades exprés se crean una vez que el notario recibe la certificación negativa del Registro Mercantil Central – un documento que indica que no hay ninguna empresa creada con el nombre elegido por los emprendedores-, que tarda un día en llegar.

Una vez obtenido, la escritura notarial de constitución se debe firmar en el plazo de un día hábil y después de ser enviado de vuelta al Registro Mercantil Central vía telemática, éste cuenta con tres días hábiles para inscribirlo.

La única desventaja que caracteriza a las sociedades exprés se halla en el hecho de que los emprendedores deberán acogerse a unos estatutos ya creados que no pueden ser modificados.

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